Hacia una teoría normativa de las reglas predeterminadas en el derecho de contratos
Las que denominamos in genere como reglas predeterminadas de decisión, y que algunos denominan reglas por defecto –o también defaults–, son una tipología de estructuras cuyo objetivo es proveer contenido a ciertas decisiones individuales, y que efectivamente se encuentran incorporadas en múltiples á...
- Autores:
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Monroy Cely, Daniel Alejandro
- Tipo de recurso:
- Doctoral thesis
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/16787
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/16787
https://doi.org/10.57998/bdigital/handle.001.2774
- Palabra clave:
- Contratos y responsabilidad
Derecho civil - Colombia
Terminos legales de contrato - Aspectos jurídicos
Doctrina jurídica
Cláusulas
Tribunales
Default rules
Implied terms
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Las que denominamos in genere como reglas predeterminadas de decisión, y que algunos denominan reglas por defecto –o también defaults–, son una tipología de estructuras cuyo objetivo es proveer contenido a ciertas decisiones individuales, y que efectivamente se encuentran incorporadas en múltiples ámbitos relevantes del derecho (aunque también fuera de él) esto incluso en el contexto del derecho local (colombiano). En otras palabras, las reglas predeterminadas de decisión se erigen como estructuras ubicuas que inevitablemente se replican en diferentes áreas que componen cualquier ordenamiento jurídico, trátese del contexto del derecho del consumo, el derecho de las obligaciones, el derecho laboral, e incluso el derecho constitucional, entre otras. Sin embargo, dentro de las diferentes áreas del derecho en los que existen estos tipos de reglas, el derecho de contratos es el área en la quizá estas desempeñan un rol más protagónico, ello en la medida que, tal como lo ha resaltado la propia doctrina jurídica local y foránea, estructuralmente, esta área del derecho está compuesta principalmente por este tipo de reglas. Así, en el derecho de contratos, las que hemos denominado como reglas predeterminadas son tratadas por la doctrina jurídica anglosajona bajo la denominación de “default rules”, y paralelamente son abordadas por la doctrina jurídica de tradición civilista bajo denominaciones tales como normas o derecho dispositivo, cláusulas o reglas supletivas de la voluntad, entre otras; denominaciones estas que conceptualmente se presentan como una partición del derecho de contratos que se contrasta y se complementa con la otra partición conformada por las reglas imperativas6. División esta que, aunque doctrinalmente no ha estado exenta de objeciones, cuando menos posee una razón práctica en tanto que facilita el estudio del derecho de contratos. |
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