Titularización de activos subyacentes provenientes de la actividad aseguradora en Colombia
En Colombia, la titularización se encuentra regulada en el Decreto 2555 de 2010, pudiéndose estructurar a partir de flujos de caja determinables e inclusive la Superintendencia Financiera puede autorizar la viabilidad de estos procesos a partir de cualquier bien o activo diferente a los que se enunc...
- Autores:
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Sinisterra Butnaru, Jessica
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/25197
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/25197
- Palabra clave:
- Bolsa de valores - Aspectos jurídicos - Colombia
Reservas en seguros - Aspectos jurídicos - Colombia
Compañías de seguros - Aspectos jurídicos - Colombia
ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos
ODS 9: Industria, innovación e infraestructura. Construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación
Titularización
Actividad aseguradora
Cartera de primas
Flujos futuros
Régimen de inversión
Aseguradoras
Seguros
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | En Colombia, la titularización se encuentra regulada en el Decreto 2555 de 2010, pudiéndose estructurar a partir de flujos de caja determinables e inclusive la Superintendencia Financiera puede autorizar la viabilidad de estos procesos a partir de cualquier bien o activo diferente a los que se enuncian en el artículo 5.6.1.1.4 de esta disposición legal. Entonces, de forma preliminar se observa que las primas futuras derivadas de pólizas y la cartera de aquellas ya colocadas podrían ser titularizables solicitando la autorización del regulador, que en todo caso debe autorizar la emisión de este tipo de instrumentos a través de la oferta pública. De otro lado, se evalúa la procedencia bajo el régimen de inversión de las entidades aseguradoras contenido en los artículos 2.31.3.1.1. y siguientes del Decreto 2555 de 2010, de participar ya no como originadores, sino como inversionistas en estos procesos de otras compañías de seguros. |
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