Tejiendo vínculos entre la justicia transicional y la civil: la subrogación parcial del Estado en la acción de responsabilidad contra actores civiles responsables del despojo de tierras
La restitución de tierras, en el marco de la justicia transicional, busca principalmente reparar los daños del despojo y abandono forzado de tierras. Aun así, la Ley 1448 de 2011 puede apoyar el esclarecimiento de la verdad sobre estos actos, especialmente en relación con los actores económicos impl...
- Autores:
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Abondano Romero, Alejandro
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/26777
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/26777
- Palabra clave:
- Desplazamiento forzado – Aspectos jurídicos
Responsabilidad civil -- Aspectos jurídicos
Subrogación -- Aspectos jurídicos
Restitución de tierras
Responsabilidad patrimonial
Subrogación
Reparación integral
Reparación transformadora
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
| Summary: | La restitución de tierras, en el marco de la justicia transicional, busca principalmente reparar los daños del despojo y abandono forzado de tierras. Aun así, la Ley 1448 de 2011 puede apoyar el esclarecimiento de la verdad sobre estos actos, especialmente en relación con los actores económicos implicados. Una alternativa para lograrlo es conectar la justicia civil con la transicional, de manera que la primera aporte a los objetivos de la segunda. La responsabilidad civil podría permitir identificar a los responsables directos del despojo. Este artículo analiza si la subrogación, propia del derecho de obligaciones, puede vincular la responsabilidad civil con la justicia transicional. Al reparar a las víctimas, el Estado se subroga en la acción de responsabilidad patrimonial que aquellas tienen contra quienes causaron el daño. Se podría argumentar que la mencionada ley es incompatible con la responsabilidad patrimonial porque pretende otorgar una reparación transformadora, que supera la idea de reparación integral. Sin embargo, su artículo 22 habilita la subrogación y algunas de sus medidas obedecen a la noción de reparación integral. Además de esclarecer la verdad, esta propuesta fortalece la sostenibilidad fiscal de la política y actúa como medida de no repetición, facilitando la transición hacia la paz. |
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