La cobertura del daño a la salud a cargo de los aseguradores del Régimen Obligatorio en Salud con ocasión de la culpa médica: ¿responsabilidad o dignidad humana?
Las aseguradoras del régimen obligatorio en salud están llamadas a responder por por los daños ocasionados a sus afiliados cuando estos son atribuibles de manera exclusiva a la culpa del médico, aunque este pertenezca a una institución contratada para la prestación de los servicios en salud. El pres...
- Autores:
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Morantes Acuña, Juan Pablo
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/26683
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/26683
- Palabra clave:
- Responsabilidad medica -- Aspectos jurídicos
Responsabilidad civil -- Aspectos jurídicos
Seguros de salud -- Contratos y especificaciones
Indemnización judicial -- Contratos y especificaciones
Culpa médica
Responsabilidad civil de los aseguradores en salud
Responsabilidad solidaria de los aseguradores en salud
Obligaciones de garantía de los aseguradores en salud
- Rights
- openAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
| Summary: | Las aseguradoras del régimen obligatorio en salud están llamadas a responder por por los daños ocasionados a sus afiliados cuando estos son atribuibles de manera exclusiva a la culpa del médico, aunque este pertenezca a una institución contratada para la prestación de los servicios en salud. El presente texto analiza esta postura al interior de la jurisprudencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, la cual ha interpretado las normas del sistema de salud considerando que la responsabilidad de las EPS surge por “garantía de la calidad” y por “el riesgo transferido por el usuario” en la atención en salud, a pesar de que estas normas no contemplan las consecuencias de eventos dañinos originados en la culpa médica. Por ello, se aborda el alcance que en la legislación nacional se da a las EPS respecto de la obligación de reparar la culpa cometida por el médico, ya sea en los eventos de responsabilidad u obligaciones de garantía. Además, se analizan los fallos en donde se vienen desplazando la reparación hacia quién se supondría que se encuentra en mejor condición de soportarlos, lo cual supondría una expresión del reconocimiento de la dignidad humana a través de la tutela efectiva a la reparación. |
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