Control jurídico de la regulación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado durante la pandemia por covid-19
La regulación de los servicios públicos domiciliarios, tanto en escenarios de normalidad como en las circunstancias atípicas actuales de pandemia, debe buscar la armonización de todos los intereses presentes en dichos mercados, en procura de garantizar tanto la dimensión social como la económica de...
- Autores:
-
Perdomo Villamil, Camilo
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad Externado de Colombia
- Repositorio:
- Biblioteca Digital Universidad Externado de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bdigital.uexternado.edu.co:001/25874
- Acceso en línea:
- https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/25874
https://doi.org/10.18601/21452946.n26.03
- Palabra clave:
- Economic regulation,
Public utilities,
Legal Control,
Outcome Control,
Civil Tort Liability of the State
regulación económica,
servicios públicos domiciliarios,
control jurídico,
control de resultados,
responsabilidad civil extracontractual del Estado.
- Rights
- openAccess
- License
- Camilo Perdomo Villamil - 2021
Summary: | La regulación de los servicios públicos domiciliarios, tanto en escenarios de normalidad como en las circunstancias atípicas actuales de pandemia, debe buscar la armonización de todos los intereses presentes en dichos mercados, en procura de garantizar tanto la dimensión social como la económica de estos servicios. Sin embargo, las medidas regulatorias introducidas para atender y gestionar la pandemia por covid-19, en materia del servicio público de acueducto y alcantarillado, parecen haber favorecido de manera desproporcionada su dimensión social, aumentando los riesgos de lesionar la dimensión económica y los intereses de los prestadores del servicio. En este contexto, cobra importancia el control jurídico (judicial y no judicial) como herramienta que permita verificar si las medidas de reconexión inmediata, pago diferido, prohibición de suspensión o corte e imposibilidad de incremento tarifario, adoptadas con ocasión de esta crisis, respetaron los parámetros de validez y eficacia que guiaban el ejercicio de los poderes de regulación. |
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