La enseñanza del derecho, DDHH y perspectivas de paz
Según expertos, las constituciones políticas que administran el ordenamiento social de los países del mundo, contemplan sistemas de derechos que se han generado con el objeto de que los sujetos jurídicos que procuran regular su coexistencia de manera legal, mediante el derecho positivo, puedan recon...
- Autores:
-
Mora Campo, Harold Edmundo
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Unidad Central del Valle del Cauca
- Repositorio:
- Repositorio Institucional - Unidad Central del Valle del Cauca
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.uceva.edu.co:20.500.12993/4754
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/20.500.12993/4754
- Palabra clave:
- Derechos humanos
DDHH
La paz
- Rights
- openAccess
- License
- Derechos reservados - Unidad Central del Valle del Cauca
| Summary: | Según expertos, las constituciones políticas que administran el ordenamiento social de los países del mundo, contemplan sistemas de derechos que se han generado con el objeto de que los sujetos jurídicos que procuran regular su coexistencia de manera legal, mediante el derecho positivo, puedan recono- cerse mutuamente en un entorno de equidad, dignidad y respeto. Sin embargo, cabe tener en cuenta la reconceptualización que Habermas hace del derecho desde una perspectiva comunicativa, apalancada en la filosofía del lenguaje, enfoque que sirve para mejorar el ordenamiento social. Para tal comprensión es vital la conceptualización que Habermas hace del poder comunicativo. El poder comunicativo amalgama poder y derecho, fusión que le sirve a Habermas para desarrollar sus ideas sobre autonomía y política. Conforme a Habermas, la voluntad posibilita a los sujetos pactar acuerdos en la esfera pública y en los entes formales, donde se consolida la voluntad política; esto es, el poder político administrativo, que se ocupa de aplicar el derecho, generando de este modo una distinción esencial de la noción de poder político, y por ende del concepto de lo político, anota Jiménez Redondo, (1998, p.11) En la cita anterior subyace la concepción del discurso como un catalizador de pretensiones de validez para orientar el poder administrativo hacia fines presupuestados por un colectivo particular. Por consiguiente, el discurso, desde distintos espacios sociales, tales como las asociaciones, colegios, universidades y los poderes públicos en general, conforma la piedra angular para sustentar las mencionadas pretensiones de validez con argumentos debidamente estructurados. Con el fin de impulsar las teorías en consideración, como instrumentos pode- rosos para contribuir a un nuevo ordenamiento social, que incorpore aspectos conexos con la cultura, la historia, el componente humanístico, entre otros aspectos, este trabajo incluye un capítulo denominado Consideraciones desde la educación y la pedagogía, que contemplan reflexiones que se pueden trabajar y enriquecer en el aula de derecho, como antesala para potenciar una formación más integral del jurista, que además del fundamento jurídico, le sirvan también para incorporar a su profesión, los aspectos arriba mencionados. |
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