Análisis de la Ley 2066 de 2020, en la normalización de la cartera de los operadores del servicio de televisión comunitaria en Colombia

La televisión comunitaria es un servicio público de telecomunicaciones, prestado por comunidades organizadas sin ánimo de lucro, que para su funcionamiento dependen principalmente de los aportes de sus asociados y de programación publicitaria patrocinada, y que por las condiciones de la economía y d...

Full description

Autores:
Gómez González, Lina Maryuri
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Militar Nueva Granada
Repositorio:
Repositorio UMNG
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/43655
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10654/43655
Palabra clave:
TELEVISION DE ACCESO PUBLICO
CUENTAS POR COBRAR
Purification
Normalization
Portfolio
Obligations
Caused
Foster care
Community television
Relief
Discount
Depuración
Normalización
Cartera
Obligaciones
Causadas
Acogimiento
Televisión comunitaria
Alivio
Descuento
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Description
Summary:La televisión comunitaria es un servicio público de telecomunicaciones, prestado por comunidades organizadas sin ánimo de lucro, que para su funcionamiento dependen principalmente de los aportes de sus asociados y de programación publicitaria patrocinada, y que por las condiciones de la economía y de los efectos negativos de la pandemia por Covid-19, se vieron afectados financieramente para su auto sostenimiento y sobre todo para ponerse al día con sus obligaciones. Para garantizar la continuidad de estos operadores y en especial de la prestación del servicio comunitario de televisión, el 14 de diciembre de 2020 se sancionó la Ley 2066 de 2020, con la cual se estableció condiciones especiales para la normalización de la cartera de los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora de interés público y comunitario y para los operadores de televisión, como un alivio por las obligaciones que tenían pendientes de pago causadas a favor del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que ratificó el compromiso del Estado con el servicio comunitario de telecomunicaciones. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, conforme a las disposiciones del legislativo, reglamentó el proceso para aplicar a este descuento a través de la Resolución 56 de 2021, para lo cual estableció que el operador debía radicar ante el Ministerio su manifestación voluntaria de acogimiento al descuento del 100% de las obligaciones a su cargo, causadas hasta la fecha de expedición de la Ley. Con las manifestaciones radicadas, el Ministerio adelantó todo el proceso para depurar y dar de baja estas obligaciones de los estados financieros del Fondo Único de TIC, a través de actos administrativos que fueron notificados a los beneficiarios de la Ley. Durante 2021, se recibieron las manifestaciones de acogimiento de 78 operadores, por lo cual se depuraron 471 obligaciones de las 2.035 obligaciones de los operadores de televisión comunitaria que eran susceptibles de la normalización de cartera de que trata el artículo 2 de esta Ley.