El control jurisdiccional de las decisiones disciplinarias
Una vez ha culminado el proceso disciplinario de carácter interno, se acude a la jurisdicción contenciosa administrativa, en donde el debate discurre en torno a la protección de las garantías básicas, como quiera que el proceso disciplinario en si mismo ha fallado en ese amparo, es decir, lo que se...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Militar Nueva Granada
- Repositorio:
- Repositorio UMNG
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/12563
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10654/12563
- Palabra clave:
- control
jurisdiccional
contencioso
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD - COLOMBIA
JURISDICCION (DERECHO ADMINISTRATIVO)
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO – COLOMBIA
Control Judicial, Constitutional, Legal, Decision Authority control parameters, third instance, review, due process
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Una vez ha culminado el proceso disciplinario de carácter interno, se acude a la jurisdicción contenciosa administrativa, en donde el debate discurre en torno a la protección de las garantías básicas, como quiera que el proceso disciplinario en si mismo ha fallado en ese amparo, es decir, lo que se advertirá dentro del control de la jurisdicción será si el tramite impreso a la actividad sancionatoria resulta enmarcada frente a los valores constitucionales, como el debido proceso, el derecho de defensa, la competencia del funcionario y de modo singular, si el decreto y la práctica de las pruebas se hizo atendiendo estrictamente las reglas señaladas en la Constitución y en la Ley, por lo que no se entrara a decidir sobre el fondo del asunto, es decir, al establecimiento de la existencia de una conducta violatoria del régimen sancionatorio, sino al procedimiento desarrollado en si mismo. Pese a lo anterior se advierte que esto no es una regla general, ya que todas las decisiones tomadas en sede disciplinaria son susceptibles de tal control y en ocasiones dicha facultad excede la órbita de la autonomía disciplinaria, así mismo, hay excepciones a dicho control como son las decisiones adoptadas por las Salas Jurisdiccionales Disciplinarias del Consejo Superior de la Judicatura y de los Consejos Seccionales de la Judicatura, las cuales por precepto legal no tendrán control jurisdiccional |
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