La clausula de exclusión en el sistema penal acusatorio colombiano
La constitución política de 1991, es el marco mediante el cual se traza la validez del derecho sustancial penal y procedimental, a partir de allí, los operadores jurídicos no pueden, bajo ninguna circunstancia, excederse en sus decisiones frente al marco constitucional, de manera que sobrepasar este...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2016
- Institución:
- Universidad Militar Nueva Granada
- Repositorio:
- Repositorio UMNG
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/15222
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10654/15222
- Palabra clave:
- Constitución política
debido proceso
cláusula de exclusión
prueba ilícita
CONSTITUCIONES
DERECHO PENAL
SISTEMA ACUSATORIO
Constitution
due process clause of exclusion
illegal evidence
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | La constitución política de 1991, es el marco mediante el cual se traza la validez del derecho sustancial penal y procedimental, a partir de allí, los operadores jurídicos no pueden, bajo ninguna circunstancia, excederse en sus decisiones frente al marco constitucional, de manera que sobrepasar este límite generaría, actuaciones nulas e inaplicables a cada caso en concreto, lo anterior atendiendo a lo contemplado en el artículo 4 de la norma constitucional, razón por la cual, esta virtud constitucional se realza en el presente trabajo, en la posibilidad de revisar violaciones de las leyes que contienen supuestos de prohibiciones de prueba, concretamente acerca de la práctica de las mismas, depende de si la violación afecta esencialmente el entorno jurídico de la parte que la recurre, o si esa violación sólo ha sido para él, algo secundario o sin importancia, en consecuencia, la importancia de articular el artículo 23 del de la Ley 906 de 2004,”toda prueba obtenida con violación de las garantías fundamentales será nula de pleno derecho, por lo que deberá excluirse de la actuación procesal” interpretación que se debe hacer de forma armónica con artículo 29 superior, disposición constitucional mediante la cual se estructura el modelo procesal penal de tendencia acusatoria; conlleva a que la regla de exclusión sea aplicable durante todas las etapas del proceso. |
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