Diferencias normativas y aplicación práctica del delito de deserción para los soldados regulares, frente a la falta disciplinaria
En un estado social y democrático de derecho, todas las normas se circunscriben al cumplimiento de la ley sobre todas las cosas, claro está respectando en todo sentido la Constitución, por ser norma superior y porque es en sí misma, ella, la que descifra y vincula la potestad del Estado, las autorid...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2015
- Institución:
- Universidad Militar Nueva Granada
- Repositorio:
- Repositorio UMNG
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unimilitar.edu.co:10654/13765
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10654/13765
- Palabra clave:
- Soldado, deserción, función pública, pena, sanción.
SOLDADOS
DESERCION MILITAR
Soldier, desertion, civil service, penalty, sanction (penalty).
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | En un estado social y democrático de derecho, todas las normas se circunscriben al cumplimiento de la ley sobre todas las cosas, claro está respectando en todo sentido la Constitución, por ser norma superior y porque es en sí misma, ella, la que descifra y vincula la potestad del Estado, las autoridades y los servidores que aplican justicia para imponer de sus imperativos, las sanciones debidas como reproche al comportamiento no ajustado a derecho o la función pública encomendada; y es así, que la Ley 1407 de 2010, la cual viene a reemplazar el anterior Código Penal Militar, a más del precitado catálogo de delitos que son aplicables a los miembros de las Fuerzas Militares, describe la deserción, como aquel comportamiento en el cual puede incurrir el soldado que está prestando su servicio militar obligatorio, al abandonar su deber funcional y servicio propiamente. Siendo bajo apreciaciones, no la única forma de sancionar esta conducta, porque es importante considerar aspectos sujetos a la norma disciplinaria especial, la Ley 836 de 2003 – Régimen disciplinario para las Fuerza Militares, como preceptos que podrían llegar a minimizar los efectos de las prescripciones normativas y subjetivas de tal delito, para en últimas ocasionar el menor agravio a estos servidores que desarrollan función pública, imponiendo de prima facie, la sanción disciplinaria a que haya lugar, porque de seguir en ese ejercicio sancionador, se está causando un agravio y minimiza el futuro de quienes desean ingresar al campo laboral, estudiantil y muchas veces en el cotidiano vivir y así se propondrá normativamente los espacios para hacer aplicables sustancialmente esta norma. |
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