Decreto de Octubre 30 sobre la liquidación de los presupuestos de rentas y gastos para el servicio de 1856 a 1857
La imagen contiene una noticia con el decreto de liquidación de presupuestos de rentas y gastos para el servicio de 1856 a 1857 en la provincia de Bogotá. Las rentas estimadas son de $94,560, ajustadas a $98,760 según la ordenanza 44. Los gastos se fijan en $97,018.32. Se autoriza pagar créditos nec...
- Autores:
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El Repertorio
Gutiérrez P., Lee
- Tipo de recurso:
- http://purl.org/coar/resource_type/c_c513
- Fecha de publicación:
- 1856
- Institución:
- Universidad Distrital Francisco José de Caldas
- Repositorio:
- RIUD: repositorio U. Distrital
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.udistrital.edu.co:11349/37800
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11349/37800
- Palabra clave:
- Presupuesto
Rentas
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- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | La imagen contiene una noticia con el decreto de liquidación de presupuestos de rentas y gastos para el servicio de 1856 a 1857 en la provincia de Bogotá. Las rentas estimadas son de $94,560, ajustadas a $98,760 según la ordenanza 44. Los gastos se fijan en $97,018.32. Se autoriza pagar créditos necesarios para completar el pago de servicios legales, presentando nóminas de empleados a la Secretaría de Rentas. Las nóminas de empleados del ramo judicial deben incluir informes detallados sobre demoras en casos criminales y civiles. Se establecen multas para Alcaldes que no presenten informes sobre demoras en casos judiciales. Empleados judiciales suspendidos por demoras no reciben sueldo durante la suspensión. Se establece un proceso detallado para liquidar los gastos destinados al servicio público. Se autorizan anticipaciones de pago por parte del Administrador del Tesoro provincial, con la obligación de consignar el valor en su oficina. Los fondos que ingresen a la Tesorería a partir del 15 de noviembre se destinan a pagar órdenes de la Gobernación sobre el presupuesto, priorizando la amortización de la Casa de Refugio, el cuerpo de policía, material de oficinas y sueldos de empleados. Si las rentas no cubren todos los gastos, se priorizará el pago de órdenes de pago antes de efectuar nuevos gastos. Se establecen multas para empleados que incumplan sus deberes. El decreto fue emitido el 30 de octubre de 1856 por el Gobernador P. Gutiérrez Lee. El presupuesto provincial de 1856 a 1857 se divide en diferentes departamentos con créditos líquidos detallados para los gastos específicos. Se aplican rebajas en los cálculos de material de oficinas cuando sean considerados excesivos. Se prohíben anticipaciones de pago a menos que sea necesario para el buen servicio público. Los fondos se destinan a la amortización de órdenes previamente emitidas. En resumen, el decreto regula la liquidación de presupuestos, establece normas para gastos, sueldos, presentación de nóminas y anticipaciones de pago, priorizando la amortización de órdenes pendientes. Se imponen multas a los incumplimientos y se detalla la asignación de fondos para diferentes departamentos y necesidades específicas. Todo en cumplimiento de las ordenanzas provinciales vigentes en el servicio público de Bogotá. Total del capítulo 4 incluye la administración del Tesoro con un gasto de escritorio, mientras que el total del capítulo 5 incluye al Registrador de instrumentos públicos con sueldo. El capítulo 6 se refiere a los gastos de escritorio y local para Registradores de instrumentos públicos. Además, el capítulo 7 aborda la amortización de cupones sobre el Tesoro. En cuanto a los Presupuestos de Bogotá, los gastos electorales incluyen distancias y costos para Zipaquirá, Chocontá, Cáqueza, Fusagasugá, Guaduas, Guaduas, La Mesa y otros, con un total de 341,40. Para el capítulo 4, el Tribunal (P1) cuenta con sueldos para dos fiscales, secretaría y Magistrados. El capítulo 5 abarca la administración del registro de los bienes públicos con gastos de escritorio y local. Por otro lado, en el capítulo 6 se mencionan los sueldos de empleados para conducción de reos, con un total de 80. En el Presupuesto Provincial de 1856-1857, se detalla el Departamento de Rentas y Tesoro con créditos legislativos para la Secretaría de Rentas, Administración del Tesoro, Registradores de instrumentos públicos y amortización de cupones, entre otros, con un total de 14,554,04. Por otro lado, el capítulo 13 aborda las cárceles con sueldos para alcaldes y personal, situando el total en 729,60. En cuanto al Departamento de Orden Público, se detallan créditos legislativos para la Lejislatura provincial, Tribunal, Gobernación, y Secretaría de Orden Público, entre otros, con un gasto total de 50,964. Se establece un aumento en sueldos para el Tribunal por la creación de un oficial según la ordenanza 41, así como la creación de un Juzgado y oficial adicional en los circuitos de Bogotá y Zipaquirá, respectivamente. Además, se suprime el gasto de personal y material del Tribunal de Comercio. Noticia Publicada en el Repertorio de Bogotá del 22 de noviembre de 1856 |
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