Ley reformatoria del código fiscal
La imagen contiene una noticia sobre la Ley Reformatoria del Código Fiscal de 1859 en Cundinamarca establece que los Administradores Departamentales deben prestar una fianza de $500 a $4,000, y los Administradores de Hacienda deben fijarla el Prefecto. Se permite la variación de las fianzas por disp...
- Autores:
-
Gaceta de Cundinamarca
Restrepo, Venancio
Zoilo, Silvestre
Villalobos, Ezequiel
Cardenas, Simón
Leiva, Uldarico
Currea, José A
- Tipo de recurso:
- http://purl.org/coar/resource_type/c_c513
- Fecha de publicación:
- 1859
- Institución:
- Universidad Distrital Francisco José de Caldas
- Repositorio:
- RIUD: repositorio U. Distrital
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.udistrital.edu.co:11349/37769
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11349/37769
- Palabra clave:
- Recaudación
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Summary: | La imagen contiene una noticia sobre la Ley Reformatoria del Código Fiscal de 1859 en Cundinamarca establece que los Administradores Departamentales deben prestar una fianza de $500 a $4,000, y los Administradores de Hacienda deben fijarla el Prefecto. Se permite la variación de las fianzas por disposición del Poder Ejecutivo. Los Tesoreros municipales no necesitan fianza adicional al recaudar las rentas del Estado. El Ejecutivo puede eximir de fianza a recaudadores especiales según el servicio público. Los gastos de recaudación podrían ser hasta el 15% del total, si es necesario. Los funcionarios del presidio reciben asignaciones mensuales. Se requiere documentación detallada en las oficinas pagadoras. Noticia publicada en Gaceta de Cundinamarca el 23 de Noviembre de 1859 |
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