Circular N° 49 sobre el modo de proceder en ciertos casos para el recaudo de fondos de manumisión.
La imagen contiene una noticia sobre la Circular N°49 del año 1856 de la Secretaría de Fomento en Bogotá establece el procedimiento para recaudar los fondos de manumisión. Según la ley, los derechos de manumisión deben pagarse dentro de un año desde el fallecimiento de la persona. Aquellos que inten...
- Autores:
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El Repertorio
Currea, José A
- Tipo de recurso:
- http://purl.org/coar/resource_type/c_c513
- Fecha de publicación:
- 1856
- Institución:
- Universidad Distrital Francisco José de Caldas
- Repositorio:
- RIUD: repositorio U. Distrital
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.udistrital.edu.co:11349/37760
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11349/37760
- Palabra clave:
- Recaudación
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