Impuesto al patrimonio y la facultad exclusiva de los municipios para gravar los bienes inmuebles
RESUMEN: El artículo 317 de la Constitución política de Colombia, establece que la competencia exclusiva para grabar los bienes inmuebles es de los municipios, que se materializa con el Impuesto Predial Unificado; por su parte, la Ley 2277 de 2022 establece el gravamen de impuesto al patrimonio, que...
- Autores:
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Cuadros Passos, Samuel
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad de Antioquia
- Repositorio:
- Repositorio UdeA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/37447
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10495/37447
- Palabra clave:
- Impuesto sobre el patrimonio
Wealth tax
Bienes raices
Real property
Impuestos inmobiliarios
Real property tax
Autonomía municipal
Municipal home rule
- Rights
- openAccess
- License
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
| Summary: | RESUMEN: El artículo 317 de la Constitución política de Colombia, establece que la competencia exclusiva para grabar los bienes inmuebles es de los municipios, que se materializa con el Impuesto Predial Unificado; por su parte, la Ley 2277 de 2022 establece el gravamen de impuesto al patrimonio, que, recae sobre el patrimonio del contribuyente considerando este como una universalidad de bienes y derechos susceptibles de ser valorados o apreciados en dinero, de manera que, entre este universo de bienes se incluyen los inmuebles de los cuales el sujeto sea titular bajo cualquier figura jurídica. Esto ha generado cuestionamientos sobre la posible vulneración de la facultad propia de los municipios sobre la determinación de los impuestos que recaen sobre este tipo de bienes, por lo cual resulta necesario estudiar si existe una armonía entre estas dos cargas o si, por el contrario, los inmuebles deberían ser excluidos del impuesto al patrimonio. |
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