El derecho a la prueba en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana

RESUMEN: El presente artículo tiene la finalidad de presentar el derecho a la prueba en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana, acompañándose esto de construcción doctrinaria en lo tocante a los derechos fundamentales y el derecho a la prueba propiamente dicho; lo cual se logró a tr...

Full description

Autores:
Pérez Restrepo, Juliana
Tipo de recurso:
Review article
Fecha de publicación:
2014
Institución:
Universidad de Antioquia
Repositorio:
Repositorio UdeA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/19355
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10495/19355
Palabra clave:
Derechos civiles
Civil and political rights
Derecho constitucional
Constitutional law
Debido proceso (Derecho)
Derecho a la prueba
Derecho probatorio - Colombia
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept554
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept5311
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:RESUMEN: El presente artículo tiene la finalidad de presentar el derecho a la prueba en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana, acompañándose esto de construcción doctrinaria en lo tocante a los derechos fundamentales y el derecho a la prueba propiamente dicho; lo cual se logró a través de revisión documental y análisis jurisprudencial. Se entiende por prueba judicial aquel elemento que permite llevarle al juez la convicción sobre los hechos, condición que la torna como derecho en tanto que a través de ella se materializan las pretensiones o excepciones debatidas en el proceso judicial. Es así como se constituye en derecho a la prueba, contenido en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia de 1991. La fundamentalidad del derecho a la prueba radica en su posición de derecho subjetivo, de aplicación directa e inmediata y susceptible de ser protegido mediante acción de tutela. Sin el derecho a probar, el derecho de defensa, y por tanto, el debido proceso, se harían nugatorios.