Constitucionalización del contrato de seguro

RESUMEN: El propósito de este artículo es realizar una reflexión teórica de la manera cómo se ha venido superando el concepto tradicional de reticencia en los contratos de seguros, a partir de los múltiples pronunciamientos que al respecto ha efectuado la Corte Constitucional. Para ello, se ofrece u...

Full description

Autores:
Ospina Echeverri, Carlos Mario
Tipo de recurso:
Tesis
Fecha de publicación:
2024
Institución:
Universidad de Antioquia
Repositorio:
Repositorio UdeA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/43878
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10495/43878
Palabra clave:
Seguro
Insurance
Derecho de los contratos
Contract law
Colombia
Derechos humanos
Human rights
Derecho comercial - legislación
Commercial law
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept3214
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept5324
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept771
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/co/
Description
Summary:RESUMEN: El propósito de este artículo es realizar una reflexión teórica de la manera cómo se ha venido superando el concepto tradicional de reticencia en los contratos de seguros, a partir de los múltiples pronunciamientos que al respecto ha efectuado la Corte Constitucional. Para ello, se ofrece un análisis de la línea jurisprudencial de este máximo órgano constitucional, que explica la actual posición adoptada respecto a esta figura y que encuentra su principal fundamento en el cumplimiento de los deberes de las aseguradoras al momento de la celebración del contrato. Con la exigencia de la observancia de tales obligaciones se ha ido moderando o matizando este concepto, a fin de orientar la relación de índole privada y patrimonial entre aseguradora y personas aseguradas. Se concluye que la teoría doctrinal y jurisprudencial, respecto de una nueva concepción de reticencia, permite generar un equilibrio entre las partes, para evitar una posición dominante de la aseguradora. En consecuencia, esta posición conlleva a los que se ha denominado la constitucionalización del contrato de seguro.