Prescripción, caducidad y pérdida de la fuerza ejecutoria de los actos administrativos en el cobro de las cesiones u obligaciones urbanísticas a compensar en dinero

RESUMEN: El propósito de este artículo es analizar si para antes del año 2019, con la escasa normativa nacional y local vigente para el Distrito de Ciencia, Tecnología e innovación de Medellín, es factible soportar en cualquier tiempo el cobro de las obligaciones urbanísticas pactadas en dinero desp...

Full description

Autores:
Melo González, Jorge Fredy
Tipo de recurso:
Tesis
Fecha de publicación:
2024
Institución:
Universidad de Antioquia
Repositorio:
Repositorio UdeA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/44242
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10495/44242
Palabra clave:
Medellín (Colombia)
Derecho urbanístico
Urban law
Urbanismo-legislación
City planning and redevelopment law
Actos administrativos
Administrative acts
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/co/
Description
Summary:RESUMEN: El propósito de este artículo es analizar si para antes del año 2019, con la escasa normativa nacional y local vigente para el Distrito de Ciencia, Tecnología e innovación de Medellín, es factible soportar en cualquier tiempo el cobro de las obligaciones urbanísticas pactadas en dinero después de los diez (10) años de haberse presentado la pérdida de vigencia de la licencia de construcción o la de su prórroga o revalidación. Por esto, se realiza una revisión de la normativa de orden nacional, local, la doctrina y la jurisprudencia, confrontándolas con las reglas establecidas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Código Civil y Estatuto Tributario. En conclusión, la finalidad de este escrito es procurar demostrar que, con la normativa vigente existente antes del año 2019, jurídicamente, no es viable adelantar el proceso de cobro de las obligaciones urbanísticas pactadas en dinero, después de los diez (10) años de haberse presentado la pérdida de vigencia de la licencia de construcción o la de su prórroga o revalidación, puesto que el acto administrativo que las liquida ya se encontraría prescrito.