Las TIC en la notificación judicial, presunción de entrega en Colombia

RESUMEN: Dentro del proceso evolutivo de las relaciones sociales, las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) se han convertido en un elemento integrador, que permite desarrollar vínculos contractuales a través de los medios digitales, como tal, la ley se ha tenido que poner en el cont...

Full description

Autores:
Madrigal Montoya, valeria
Tipo de recurso:
Tesis
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad de Antioquia
Repositorio:
Repositorio UdeA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/32820
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10495/32820
Palabra clave:
Tecnología de la información - Derecho y legislación
Information technology--Law and legislation
Notificación (Derecho)
Notification (law)
Notificación personal
Tecnología de la comunicación y la información (TIC)
Ley 527 de 1999
Notificaciones electrónicas
Código General del Proceso
http://id.loc.gov/authorities/subjects/sh2011004309
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by/2.5/co/
Description
Summary:RESUMEN: Dentro del proceso evolutivo de las relaciones sociales, las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) se han convertido en un elemento integrador, que permite desarrollar vínculos contractuales a través de los medios digitales, como tal, la ley se ha tenido que poner en el contexto y enunciar presupuestos claros que permitan el desarrollo de los procesos jurídicos, es así como a través de éste artículo se pretende analizar las TIC en la notificación judicial, de acuerdo con la presunción de entrega y el enterado, con lo cual se realiza inicialmente la conceptualización de la notificación personal, luego se desarrolla un estudio de la Ley 527 de 1999 enfocándose en el Artículo 20 y 21, y por último el concepto jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia. Como tal se precisa una investigación de tipo cualitativa, en la cual, se hace uso de la recolección de datos bibliográficos, así como un estudio hermenéutico que permite la interpretación normativa. De acuerdo con ello, se precisa que a través de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia el acuse de recibo no es el único medio por el cual se puede evidenciar una notificación electrónica, sino que por cualquier medio es posible probarlo.