El derecho al desarrollo fuerza vinculante del precedente de la corte constitucional
Esta investigación tiene como objetivo determinar si la interpretación que la Corte Constitucional de Colombia ha dado al derecho al desarrollo tiene fuerza vinculante en el ordenamiento jurídico interno. En lo teórico, la presente se apoya en los fundamentos de la Teoría del “desarrollo humano...
- Autores:
-
Soledad Guerrero, Yenny
- Tipo de recurso:
- Masters Thesis
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/42469
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/42469
- Palabra clave:
- Developing
Preceding,
Capabilites
Performances
Lliberty
Agency
Derecho constitucional
Libertad
Desarrollo
Precedente
Capacidades
Funcionamientos
Agencia
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | Esta investigación tiene como objetivo determinar si la interpretación que la Corte Constitucional de Colombia ha dado al derecho al desarrollo tiene fuerza vinculante en el ordenamiento jurídico interno. En lo teórico, la presente se apoya en los fundamentos de la Teoría del “desarrollo humano” del economista Amartya Sen y su complementación realizada por la Filósofa norteamericana Martha Nussbaum. En lo práctico, se indagó en la fuerza vinculante de las sentencias más relevantes de la Corte Constitucional, que hacen referencia al derecho al desarrollo, en las tipologías T (fallos de tutela) y C (fallos de constitucionalidad). Se acude en un inicio a la descripción de su contenido para con posterioridad, analizar los aspectos relacionados con el derecho al desarrollo humano bajo los fundamentos teóricos de la referencia y la forma en la cual dichos postulados cobran fuerza vinculante. Se desarrolló la metodología de análisis jurisprudencial tomando la ratio decidendi de las sentencias proferidas por la Corte Constitucional. Las conclusiones expresan que la hipótesis formulada es “verdadera”, dado que si bien el derecho al desarrollo no está consagrado de forma expresa en la Constitución Política de 1991, su aplicación tiene sustento jurídico y posee fuerza vinculante en las sentencias de la Corte Constitucional que le han dado alcance a través de la fuerza normativa del texto constitucional y la aplicación de instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos. |
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