La Acción De In Rem Verso Frente Al Enriquecimiento Sin Causa De La Administración Pública.
Lo que constituye la fortaleza es también la debilidad de la acción de in rem verso; al tratarse de una acción que busca efectivizar el principio general de no enriquecerse injustamente a costa de otro, la misma es carente de una norma jurídica que la regule y establezca los casos a los que debe apl...
- Autores:
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Ramirez Bayona, Carlos Arturo
Palacios Palacios, Jose Isaias
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/54414
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/54414
- Palabra clave:
- The Action Of In Rem Verse
La Acción De In Rem Verso
The Action Of In Rem Verse
- Rights
- openAccess
- License
- CC0 1.0 Universal
| Summary: | Lo que constituye la fortaleza es también la debilidad de la acción de in rem verso; al tratarse de una acción que busca efectivizar el principio general de no enriquecerse injustamente a costa de otro, la misma es carente de una norma jurídica que la regule y establezca los casos a los que debe aplicarse. Por lo tanto, si bien se entiende que es una acción de carácter residual, la misma parece cada vez más restringida en su aplicación. Es fácil de alguna manera para el ejercicio de esta establecer un vínculo entre el enriquecimiento y el empobrecimiento, así como la ausencia de causa del mismo; no obstante, la misma choca con el muro impuesto por la formalidad de la escritura del contrato, que también está orientado al reconocimiento de otro principio que es el de la transparencia en la gestión pública. Por lo tanto, da la impresión que se prioriza la transparencia, pero se desconocen otros principios de estrecha relación como sería la planeación. En relación con la sentencia de unificación, parece que la misma lejos de lograr su propósito unificador son mayores las dudas que entraña en la medida que establece un marco en exceso restringido, que no resulta coherente con la variedad y buen número de situaciones que por este tipo de casos se presentan en el país. Especialmente en relación con la práctica de la legalización de los hechos cumplidos, las cuales son clara evidencia de la citada falta de planeación. No puede entenderse la buena fe objetiva en el cumplimiento de las obligaciones del contrato, con la formalidad del escrito, ya que como se analizó en este trabajo, es también menester de los funcionarios públicos ser responsables de las afirmaciones públicas o privadas que realicen en relación con los efectos que de ellas se deriven y que puedan suponer un detrimento patrimonial para los particulares. En este tipo de casos la figura del cuasicontrato es de importancia, ya que se observa la formulación de actos y obligaciones, que se ocasionan a partir de las legítimas expectativas que surgen de las manifestaciones antes anotadas. Creemos que debe hacerse mayor hincapié en la expresión “entre otras” incorporada en la sentencia, en la medida en que solo así se podría abrir un buen portal para mejorar el acceso a la justicia ante este tipo de pretensiones, y que es más acorde con las tendencias del constitucionalismo moderno de dotar de la mayor cantidad de acciones frente a las acciones u omisiones del Estado que puedan ocasionar un daño, y que se encuadra a la perfección con la cláusula de responsabilidad general del Estado prevista en el artículo 90 de la Carta Política. Por último, pero no menos importante, consideramos que el Consejo de Estado debe cambiar su postura jurisprudencial en relación con la aplicación de la acción de in rem verso, no pensando en flexibilizar los deberes procesales de las partes involucradas en la litis, sino en ofrecer la mayor cantidad de opciones para garantizar el equilibrio prestacional y la seguridad jurídica de los interesados y el respeto por la moral pública. |
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