Presunción de inocencia y sus excepciones como garantía absoluta: acerca de las reglas de la corte constitucional en materia de protección de menores de edad.

El ordenamiento jurídico colombiano, basado en el Estado Social de Derecho (ESD), establece las garantías procesales como un componente esencial, destacando el debido proceso y la presunción de inocencia (PI). La Constitución Política de 1991 consagra estas garantías en su artículo 29, exigiendo que...

Full description

Autores:
Díaz Hernández, Heymar Armando
Quiroz Cabarcas, Joesly Karina
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2025
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/32253
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/32253
Palabra clave:
Presunción de Inocencia
Garantías Procesales
Debido Proceso
Corte Constitucional
Interés superior del niño
Abuso sexual
Bloque de Constitucionalidad
Prevalencia de Derechos
Revictimización
Onus probandi
In dubio pro reo
Presumption of Innocence
Procedural Guarantees
Due Process
Constitutional Court
Best Interest of the Child
Sexual Abuse
Constitutional Block
Prevalence of Rights
Re-victimization
Onus probandi
In dubio pro reo
Abuso sexual
Protección de menores
Debido Proceso -- Corte Constitucional
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:El ordenamiento jurídico colombiano, basado en el Estado Social de Derecho (ESD), establece las garantías procesales como un componente esencial, destacando el debido proceso y la presunción de inocencia (PI). La Constitución Política de 1991 consagra estas garantías en su artículo 29, exigiendo que toda persona sea presumida inocente hasta que una condena judicial demuestre lo contrario. Este derecho fundamental dota a los procesados de la capacidad de ejercer defensa, contradicción y presentar pruebas. La PI no solo es una consideración constitucional interna, sino que también encuentra respaldo en el Bloque de Constitucionalidad, integrando normas internacionales como la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) y otros instrumentos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH). Sin embargo, esta prerrogativa se enfrenta a una situación particular: la prevalencia especial de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA), reconocida constitucional e internacionalmente. El artículo 44 de la Constitución establece que los derechos de los menores son prevalentes respecto a los derechos de los demás, convirtiéndolos en sujetos de protección especial reforzada. Esto plantea un cuestionamiento crucial: ¿Es viable flexibilizar la presunción de inocencia cuando están en juego los derechos y la integridad de los menores? En casos sensibles como el abuso sexual, esperar la acreditación absoluta de la culpabilidad podría resultar en la revictimización o transgresión de los derechos del menor. Por ello, se espera que los jueces actúen asegurando el Interés Superior del Niño (ISN), incluso si esto implica una aparente transgresión de la PI del procesado.