La objeción de conciencia médica en Colombia como derecho fundamental, desde el precedente jurisprudencial contemplado en la sentencia C-355 de 2006
En nuestro ordenamiento jurídico, a partir del 10 de mayo de 2006, la Corte Constitucional expidió la Sentencia C-355 que despenalizó el aborto voluntario en tres extremas circunstancias (cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o salud de la mujer; cuando exista grave mal...
- Autores:
-
Ospina Hoyos, Socorro
Camelo Cubides, Nelson
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2012
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/31603
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/31603
- Palabra clave:
- Objeción de conciencia
libertad de conciencia
ética médica
aborto
Conscientious objection
freedom of conscience
medical ethics
abortion
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
| Summary: | En nuestro ordenamiento jurídico, a partir del 10 de mayo de 2006, la Corte Constitucional expidió la Sentencia C-355 que despenalizó el aborto voluntario en tres extremas circunstancias (cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o salud de la mujer; cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, y cuando el embarazo sea resultado de un acceso carnal violento, inseminación artificial sin consentimiento o trasferencia de óvulo sin consentimiento). Sin embargo muchas mujeres han encontrado obstáculos para ejercitar su derecho, al decidir de manera voluntaria la interrupción del embarazo en los casos permitidos, por médicos que objetan en conciencia dicha práctica, con lo que se les vulneran otros derechos, también fundamentales, como la dignidad humana, libre desarrollo de la personalidad, igualdad, razón por la cual se ven obligadas a acudir ante los Jueces para pedir su tutela, por lo que es indispensable analizar el contenido de la objeción de conciencia y la manera de ponderarla frente al ejercicio de los derechos fundamentales con el fin de evitar que se haga nugatoria la posibilidad que tienen las mujeres de decidir sobre la maternidad en los casos permitidos para su interrupción. La objeción de conciencia invocada por algunos médicos solo ha servido para obstaculizar, dilatar, remover o hacer retroceder los avances que se han logrado frente a otros derechos, y se ha convertido en el mayor obstáculo para que las mujeres y las niñas colombianas puedan interrumpir su gestación de manera digna, legal y segura. |
|---|
