Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella: principio fundamental en el desarrollo integral del menor en Colombia
La familia corresponde a una de las instituciones más antiguas reguladas y protegidas por el derecho. Pero, dentro de la convivencia constante de sus integrantes, pueden generarse desacuerdos sustanciales que en algún momento pongan en peligro la estabilidad vivencial, emocional y el interés superio...
- Autores:
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Capacho Monterrey, Wilden Fabián
Gáfaro Zabaleta, Jairo Alonso
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2025
- Institución:
- Universidad Libre
- Repositorio:
- RIU - Repositorio Institucional UniLibre
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.unilibre.edu.co:10901/31877
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/10901/31877
- Palabra clave:
- Tutela judicial efectiva
debido proceso judicial
interés superior del menor
familia
legitimidad
legalidad
hecho consumado
Effective judicial protection
due process
best interests of the child
family
legitimacy
legality
fait accompli
Derechos fundamentales
Derecho de familia --- Colombia
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
| Summary: | La familia corresponde a una de las instituciones más antiguas reguladas y protegidas por el derecho. Pero, dentro de la convivencia constante de sus integrantes, pueden generarse desacuerdos sustanciales que en algún momento pongan en peligro la estabilidad vivencial, emocional y el interés superior de los menores que la conforman y dependen de ella, momento para el cual, la rama judicial junto a los demás poderes públicos, deben desplegar los mecanismos instituidos que permitan en un tiempo prudencial, proteger el desarrollo integral del menor afectado, pues en él, converge un límite temporal que impide que la decisión se extienda en el tiempo. Evitando de esta forma que el daño sufrido por el menor se convierta en un fenómeno consumado, ante el cumplimiento de la mayoría de edad de ese niño, niña o joven que nunca vio en el Estado, la protección que se promulga desde la Constitución Política. Así, dentro del cuerpo del artículo se observa: si es posible que los jueces tomen decisiones con mayor agilidad cuando el desarrollo integral de un menor se vea en riesgo, sin que ello afecta la legalidad de la actuación judicial. Para ello, se empezará por realizar un recorrido histórico en cuanto la evolución que ha tenido el concepto de familia a partir de la Constitución de 1991, seguidamente se establecerá si el interés superior del niño, niña o adolescente se convierte en el criterio principal que decide la ubicación de un menor en el seno de una familia, por último, se identifica los mecanismos de protección que han sido instituidos para garantizar el desarrollo integral de un menor dentro de un núcleo familiar. Pudiendo así, determinar si la función judicial cumple con los criterios garantistas predicados desde la Constitución Política de Colombia para con los menores de edad. |
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