Autonomía, derechos reproductivos y pluralismo jurídico: una reflexión sobre la sentencia T-158 de 2023 en el contexto indígena Colombiano.

Este artículo analiza los derechos reproductivos de las mujeres en el marco de la autonomía de los pueblos indígenas en Colombia. El objetivo es reflexionar sobre el conflicto que existe entre el derecho que tiene la mujer para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo y la autonomía jurídic...

Full description

Autores:
Carrascal Ibañez, Martha Cecilia
Montes Ibarra, Jesus Alberto
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2025
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/32222
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/32222
Palabra clave:
Autonomía indígena
Derechos sexuales y reproductivos
Derechos fundamentales
Interrupción voluntaria del embarazo.
Indigenous autonomy
Sexual and reproductive rights
Fundamental rights
Voluntary interruption of pregnancy.
Derechos reproductivos - Colombia
Pueblos indígenas - Autonomía jurídica - Colombia
Interrupción voluntaria del embarazo (IVE) - Jurisprudencia - Colombia
Mujeres indígenas - Derechos - Colombia
Derecho indígena - Conflicto de leyes - Colombia
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Este artículo analiza los derechos reproductivos de las mujeres en el marco de la autonomía de los pueblos indígenas en Colombia. El objetivo es reflexionar sobre el conflicto que existe entre el derecho que tiene la mujer para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo y la autonomía jurídica de las comunidades indígenas que tienen sus propias costumbres y normas. Se aplica un método de investigación cualitativo y socio jurídico con carácter descriptivo, para indagar sobre la realidad social y la precisión de los actos jurídicos que incorpora factores socioculturales relevantes. En los resultados se identifica que existe un marco jurisprudencial claro para que las mujeres ejerzan este derecho, al mismo tiempo que se ha garantizado la autonomía de los pueblos indígenas, pero evidentemente existe un conflicto jurídico cuando se desconocen unos mínimos fundamentales que están contemplados en la Constitución Política. Se concluye que las autoridades indígenas no pueden desestimar las tres causales que define la Sentencia C-355 de 2006 de la Corte Constitucional para que el aborto procesa, donde se tiene en cuenta el riesgo para la salud, la malformación inviable del feto o cuando el embarazo se ha dado por violencia sexual o incesto.