Régimen probatorio en el proceso verbal abreviado del código nacional de policía en Colombia

El nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia – Ley 1801 de 2016 (Congreso de la República de Colombia, 2016) luego de establecer las bases de la armonía y seguridad ciudadana enlistó los comportamientos que el legislador consideró contrarios a la convivencia, sensibles a un nuevo régimen sancio...

Full description

Autores:
Acevedo Bedoya, Juan Carlos
Castaño Botero, Juliana
Gutiérrez Vargas, Sandra Milena
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad Libre
Repositorio:
RIU - Repositorio Institucional UniLibre
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.unilibre.edu.co:10901/32118
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/10901/32118
Palabra clave:
Derecho de Policía
debido proceso
términos procesales
pruebas
convivencia ciudadana
Police law
due process
procedural terms
evidence
citizen coexistence
Rights
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia – Ley 1801 de 2016 (Congreso de la República de Colombia, 2016) luego de establecer las bases de la armonía y seguridad ciudadana enlistó los comportamientos que el legislador consideró contrarios a la convivencia, sensibles a un nuevo régimen sancionatorio que se materializa a través del Proceso Único de Policía, dentro del cual se precisan dos procedimientos distintos: el Verbal Inmediato y el Verbal Abreviado (Congreso de la República de Colombia, 2016). En el segundo de los procedimientos mencionados se dispuso un precario régimen probatorio a efectos de demostrar la ocurrencia del hecho, su constitución en falta administrativa de Policía y la responsabilidad de su presunto infractor. Sería propio suponer que dicho régimen probatorio se sujeta a las reglas del debido proceso, como marco de referencia y columna dorsal de todas las actuaciones administrativas; el cual no debería resultar ajeno al derecho policivo, dado que su importancia radica en que sirve de carta de navegación para las autoridades de Policía dentro de los procesos que adelanten en ejercicio de sus funciones y competencias. No obstante que el nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia – Ley 1801 de 2016 consagra el debido proceso como uno de los principios fundamentales de este Código, lo cual se evidencia en el Artículo 8 – Numeral 7 (Congreso de la República de Colombia, 2016). Su aplicación práctica resulta casi que ineficaz en los aspectos probatorios y procesales, habida cuenta que la norma de estudio presenta vacíos en dichos puntos.