Afrodescendientes en el estado plurinacional del Ecuador. Escenarios legales, movimiento afro y etnoeducación
En 1998, la Constitución de la República del Ecuador define, por primera vez en su historia, a la población afroecuatoriana como Pueblo. Este artículo tiene por objetivo analizar el proceso de reconocimiento jurídico de los derechos colectivos del pueblo afroecuatoriano y su plasmación (o no) en la...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad de Caldas
- Repositorio:
- Repositorio Institucional U. Caldas
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.ucaldas.edu.co:ucaldas/25401
- Acceso en línea:
- https://repositorio.ucaldas.edu.co/handle/ucaldas/25401
https://doi.org/10.17151/rasv.2024.26.2.2
- Palabra clave:
- afrodescendientes
Ecuador
estado plurinacional
interculturalidad
etnoeducación
afro-descendants
Ecuador
plurinational state
interculturality
ethno-education
- Rights
- openAccess
- License
- Revista de Antropología y Sociología : Virajes - 2024
| Summary: | En 1998, la Constitución de la República del Ecuador define, por primera vez en su historia, a la población afroecuatoriana como Pueblo. Este artículo tiene por objetivo analizar el proceso de reconocimiento jurídico de los derechos colectivos del pueblo afroecuatoriano y su plasmación (o no) en la realidad social a partir de ese año, poniendo el foco en el periodo de gobierno de “Alianza País” bajo la presidencia de Rafael Correa (2007-2017). Centrándonos en el análisis del movimiento asociativo de la población afrodescendiente y en una de sus reivindicaciones históricas, la etnoeducación, nuestra pregunta de investigación gira en torno al lugar que ocupa el Pueblo afroecuatoriano y sus reivindicaciones históricas en el proyecto de la Revolución Ciudadana iniciado tras el Proceso Constituyente de Montecristi (2007-2008). La observación de la etnoeducación durante los años de mandato del presidente Rafael Correa nos ha permitido constatar lo que será una de las conclusiones principales de nuestro estudio: que el reconocimiento jurídico es necesario, pero no suficiente para el reconocimiento a otros niveles, ya sea económico, social o cultural. Por el contrario, este reconocimiento jurídico puede perjudicar si provoca la desmovilización del movimiento previamente a la plasmación práctica de esos derechos colectivos. |
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