La pena medicinal de la excomunión como herramienta de la iglesia para la salvación de las almas
La excomunión implica una ruptura con los vínculos que unen al creyente a Cristo por medio de la Iglesia, pues pierde sus derechos como fiel, adquiridos por el Bautismo, hasta que sea verificada la cesación de su contumacia. Así pues, la excomunión no es una pena perpetua, cuyo tiempo depende de la...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- masterThesis
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Pontificia Universidad Javeriana
- Repositorio:
- Repositorio Universidad Javeriana
- Idioma:
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- OAI Identifier:
- oai:repository.javeriana.edu.co:10554/55608
- Palabra clave:
- Excomunión
Iglesia
Salvación
Excommunication
Church
Salvation
Maestría en derecho canónico - Tesis y disertaciones académicas
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La excomunión implica una ruptura con los vínculos que unen al creyente a Cristo por medio de la Iglesia, pues pierde sus derechos como fiel, adquiridos por el Bautismo, hasta que sea verificada la cesación de su contumacia. Así pues, la excomunión no es una pena perpetua, cuyo tiempo depende de la conversión del reo, y en algunos casos de la prescripción, es decir, el tiempo que tiene la Iglesia para imponer la pena, como por ejemplo el aborto que prescribe a los cinco (5) años, ya que pasado este tiempo es improcedente la pena. Queda claro que el excomulgado sigue siendo miembro de la Iglesia, pues la huella del Bautismo es indeleble, pero dada la gravedad especial del delito cometido, es privado de la comunión de los fieles, lo que implica que no puede acceder a los sacramentos ni sacramentales, ni puede ejercer oficios eclesiásticos. La excomunión tiene su fundamentación bíblica, siendo un caso concreto el presentado en el Evangelio de San Mateo: «Si tu hermano llega a pecar, vete y repréndele, a solas tú con él. Si te escucha, habrás ganado a tu hermano. Si no te escucha, toma todavía contigo uno o dos, para que todo asunto quede zanjado por la palabra de dos o tres testigos. Si les desoye a ellos, díselo a la comunidad. Y si hasta a la comunidad desoye, sea para ti como el gentil y el publicano» (Mt. 18, 15 - 17). Ciertamente, aquí no se trata de la excomunión en sentido moderno como se conoce hoy, pero esta pena hunde sus raíces en el Evangelio mismo, el cual muestra un proceso, donde se inicia reprendiendo al fiel que pecado gravemente, hasta finalmente alejarlo de la comunidad de creyentes. El Señor Jesús, dio a la Iglesia la potestad de sancionar con penas a los fieles que cometen delitos, cuando afirma en el Evangelio: «Yo os aseguro que todo lo que atéis en la tierra quedará atado en el cielo, y todo lo que desatéis en la tierra quedará desatado en el cielo» (Mt. 18, 18). La excomunión es la máxima pena de la Iglesia, la cual hace parte del sistema penal canónico, con el cual se busca mantener el orden eclesial, lo que favorece a la Iglesia en el cumplimiento de su misión, que es «la salvación de las almas como su ley suprema» (cfr. canon 1752). Para hablar de excomunión, es importante hablar de plena comunión, que son como los dos polos, pues si estar excomulgado es romper con todos los vínculos jurídicos eclesiales, estar en plena comunión es gozar de todos los vínculos jurídicos con la Iglesia. La plena comunión se realiza «por los vínculos de la profesión de fe, de los sacramentos, y del régimen eclesiástico» (cfr. canon 205), lo que lleva a afirmar que gran parte de los fieles no están en plena comunión con la Iglesia, pues los católicos practicantes, que viven estos tres elementos, no son todos los bautizados. |
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Queda claro que el excomulgado sigue siendo miembro de la Iglesia, pues la huella del Bautismo es indeleble, pero dada la gravedad especial del delito cometido, es privado de la comunión de los fieles, lo que implica que no puede acceder a los sacramentos ni sacramentales, ni puede ejercer oficios eclesiásticos. La excomunión tiene su fundamentación bíblica, siendo un caso concreto el presentado en el Evangelio de San Mateo: «Si tu hermano llega a pecar, vete y repréndele, a solas tú con él. Si te escucha, habrás ganado a tu hermano. Si no te escucha, toma todavía contigo uno o dos, para que todo asunto quede zanjado por la palabra de dos o tres testigos. Si les desoye a ellos, díselo a la comunidad. Y si hasta a la comunidad desoye, sea para ti como el gentil y el publicano» (Mt. 18, 15 - 17). Ciertamente, aquí no se trata de la excomunión en sentido moderno como se conoce hoy, pero esta pena hunde sus raíces en el Evangelio mismo, el cual muestra un proceso, donde se inicia reprendiendo al fiel que pecado gravemente, hasta finalmente alejarlo de la comunidad de creyentes. El Señor Jesús, dio a la Iglesia la potestad de sancionar con penas a los fieles que cometen delitos, cuando afirma en el Evangelio: «Yo os aseguro que todo lo que atéis en la tierra quedará atado en el cielo, y todo lo que desatéis en la tierra quedará desatado en el cielo» (Mt. 18, 18). La excomunión es la máxima pena de la Iglesia, la cual hace parte del sistema penal canónico, con el cual se busca mantener el orden eclesial, lo que favorece a la Iglesia en el cumplimiento de su misión, que es «la salvación de las almas como su ley suprema» (cfr. canon 1752). Para hablar de excomunión, es importante hablar de plena comunión, que son como los dos polos, pues si estar excomulgado es romper con todos los vínculos jurídicos eclesiales, estar en plena comunión es gozar de todos los vínculos jurídicos con la Iglesia. La plena comunión se realiza «por los vínculos de la profesión de fe, de los sacramentos, y del régimen eclesiástico» (cfr. canon 205), lo que lleva a afirmar que gran parte de los fieles no están en plena comunión con la Iglesia, pues los católicos practicantes, que viven estos tres elementos, no son todos los bautizados.Excommunication implies a break with the ties that unite the believer to Christ through the Church, since he loses his rights as a faithful, acquired by Baptism, until the cessation of his contumacy is verified. Thus, excommunication is not a perpetual penalty, the time of which depends on the conversion of the offender, and in some cases on the prescription, that is, the time the Church has to impose the penalty, such as the abortion it prescribes for the five (5) years, since after this time the penalty is inadmissible. It is clear that the excommunicated person is still a member of the Church, since the imprint of Baptism is indelible, but given the special gravity of the crime committed, he is deprived of the communion of the faithful, which implies that he cannot access the sacraments or sacramentals , nor can he exercise ecclesiastical offices. The excommunication has its biblical foundation, a concrete case being the one presented in the Gospel of Saint Matthew: «If your brother sins, go and rebuke him, you alone with him. If he listens to you, you will have won your brother. If he does not listen to you, he still takes one or two with you, so that all matters are settled by the word of two or three witnesses. If you ignore them, tell the community. And if even the community does not listen, let him be to you like the Gentile and the publican "(Mt. 18: 15-17). Certainly, here it is not about excommunication in the modern sense as it is known today, but this penalty has its roots in the Gospel itself, which shows a process, where it begins by reprimanding the faithful who seriously sinned, until finally distancing them from the community. of believers. The Lord Jesus gave the Church the power to punish the faithful who commit crimes with penalties, when he affirms in the Gospel: «I assure you that everything you bind on earth will be bound in heaven, and everything you untie on earth he will be loosed in heaven ”(Mt. 18:18). Excommunication is the maximum penalty of the Church, which is part of the canonical penal system, which seeks to maintain the ecclesial order, which favors the Church in the fulfillment of its mission, which is "the salvation of souls as its supreme law ”(cf. canon 1752). To speak of excommunication, it is important to speak of full communion, which are like the two poles, because if being excommunicated is breaking all ecclesial legal ties, being in full communion is enjoying all legal ties with the Church. Full communion is achieved "through the bonds of the profession of faith, the sacraments, and the ecclesiastical regime" (cf. canon 205), which leads to the affirmation that a large part of the faithful are not in full communion with the Church. Well, practicing Catholics, who live these three elements, are not all baptized.Magíster en Derecho CanónicoMaestríaPontificia Universidad JaverianaMaestría en Derecho CanónicoFacultad de Derecho CanónicoÁlvarez Salgado, José FernandoRodríguez Venegas, Mario2021-07-30T23:25:31Z2021-07-30T23:25:31Z2021-07-30http://purl.org/coar/version/c_ab4af688f83e57aaTesis/Trabajo de grado - Monografía - Maestríahttp://purl.org/coar/resource_type/c_bdccinfo:eu-repo/semantics/masterThesisinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionPDFapplication/pdfapplication/pdfapplication/pdfhttp://hdl.handle.net/10554/55608https://doi.org/10.11144/Javeriana.10554.55608instname:Pontificia Universidad Javerianareponame:Repositorio Institucional - Pontificia Universidad Javerianarepourl:https://repository.javeriana.edu.cospaAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/info:eu-repo/semantics/openAccessDe acuerdo con la naturaleza del uso concedido, la presente licencia parcial se otorga a título gratuito por el máximo tiempo legal colombiano, con el propósito de que en dicho lapso mi (nuestra) obra sea explotada en las condiciones aquí estipuladas y para los fines indicados, respetando siempre la titularidad de los derechos patrimoniales y morales correspondientes, de acuerdo con los usos honrados, de manera proporcional y justificada a la finalidad perseguida, sin ánimo de lucro ni de comercialización. De manera complementaria, garantizo (garantizamos) en mi (nuestra) calidad de estudiante (s) y por ende autor (es) exclusivo (s), que la Tesis o Trabajo de Grado en cuestión, es producto de mi (nuestra) plena autoría, de mi (nuestro) esfuerzo personal intelectual, como consecuencia de mi (nuestra) creación original particular y, por tanto, soy (somos) el (los) único (s) titular (es) de la misma. Además, aseguro (aseguramos) que no contiene citas, ni transcripciones de otras obras protegidas, por fuera de los límites autorizados por la ley, según los usos honrados, y en proporción a los fines previstos; ni tampoco contempla declaraciones difamatorias contra terceros; respetando el derecho a la imagen, intimidad, buen nombre y demás derechos constitucionales. Adicionalmente, manifiesto (manifestamos) que no se incluyeron expresiones contrarias al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia, la responsabilidad directa en la elaboración, presentación, investigación y, en general, contenidos de la Tesis o Trabajo de Grado es de mí (nuestro) competencia exclusiva, eximiendo de toda responsabilidad a la Pontifica Universidad Javeriana por tales aspectos. Sin perjuicio de los usos y atribuciones otorgadas en virtud de este documento, continuaré (continuaremos) conservando los correspondientes derechos patrimoniales sin modificación o restricción alguna, puesto que, de acuerdo con la legislación colombiana aplicable, el presente es un acuerdo jurídico que en ningún caso conlleva la enajenación de los derechos patrimoniales derivados del régimen del Derecho de Autor. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993, "Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores", los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables. En consecuencia, la Pontificia Universidad Javeriana está en la obligación de RESPETARLOS Y HACERLOS RESPETAR, para lo cual tomará las medidas correspondientes para garantizar su observancia.http://purl.org/coar/access_right/c_abf2reponame:Repositorio Universidad Javerianainstname:Pontificia Universidad Javerianainstacron:Pontificia Universidad Javeriana2022-07-26T14:10:00Z |