Devoluciones y/o compensaciones de saldos a favor en renta manual

Durante el trascurso del periodo gravable muchas empresas o personas naturales realizan sus pagos ante la administración de impuestos por anticipos de retención en la fuente o IVA generado, muchos de estos contribuyentes al realizar las depuraciones generan saldos a favor que pueden recuperar median...

Full description

Autores:
Montilla Melo, Luis Carlos
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2016
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/10343
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/10343
Palabra clave:
Contribuyente
Saldo a favor
Impuesto
Impuesto
Devolución
Compensación
Garantía
Retención
Sustentanción
Taxpayer
Positive balance
Tax
Return
Compensations
Warranty
Retention
Rights
openAccess
License
Atribución
Description
Summary:Durante el trascurso del periodo gravable muchas empresas o personas naturales realizan sus pagos ante la administración de impuestos por anticipos de retención en la fuente o IVA generado, muchos de estos contribuyentes al realizar las depuraciones generan saldos a favor que pueden recuperar mediante una solicitud de devolución, esta puede ser presentada de forma manual o digital en el servicio informático electrónico SIE, el plazo máximo para que al administración devuelva el saldo a favor será de 51 días a partir de su radicación, igualmente el plazo máximo para solicitar la devolución de saldos a favor será de dos años cumpliendo con todos los requisitos establecidos, si el contribuyente presenta la solicitud a los dos meses de haber presentado su declaración, la administración contara con treinta días más para verificar que se cumpla con todos los requisitos. Cuando se trate de montos grandes a solicitar se deberá entregar una garantía a favor de la nación, por parte de la administración se verificará los soportes entregados, certificado de antecedentes, obligaciones pendientes de contribuyentes, la administración emitirá la resolución se abrirá un expediente el cual será archivado de forma física, se procederá a realizar la devolución a favor del contribuyente mediante cheque o consignación bancaria.